Disminuyen un 1,83% las excedencias por cuidado de hijo o familiar hasta 643 en el primer semestre

Disminuyen un 1,83% las excedencias por cuidado de hijo o familiar hasta 643 en el primer semestre

Excedencias en Castilla y León

Valladolid, 30 Abr. (EUROPA PRESS) – El número de excedencias dadas de alta durante el primer semestre de 2026 por cuidado de hijo, menor acogido o familiar en Castilla y León alcanzó las 643, de las cuales 538 correspondieron a mujeres y 105 a varones.

En total, el número de excedencias ha caído un 1,83 por ciento en Castilla y León respecto al mismo periodo del ejercicio 2025 (doce en cifras absolutas), mientras que en el resto del país se ha registrado un descenso del 2,82 por ciento.

Por provincias, el mayor número de excedencias se ha registrado en Valladolid, con 154, seguida de Burgos, con 138; León, con 86; Salamanca, con 73; Soria, con 43; Zamora, con 42; Ávila y Segovia, ambas con 38, y finalmente Palencia, con 31.

Variaciones por provincia

Las excedencias aumentaron en cinco provincias, cayeron en tres y se mantuvieron invariables en Zamora. El principal repunte se anotó en Ávila (52,0 por ciento), seguida de Soria (34,38 por ciento), Segovia (22,58 por ciento), Burgos (6,15 por ciento) y Palencia (3,33 por ciento). En contraste, se registraron caídas en León (-30,08 por ciento), Salamanca (-14,12 por ciento) y Valladolid (-1,91 por ciento).

Comparativa con otras comunidades autónomas

En el ámbito nacional, las comunidades autónomas con más excedencias tramitadas son Madrid (2.265), Cataluña (1.641), Andalucía (1.437), Comunidad Valenciana (1.337) y País Vasco (968).

Beneficios de las excedencias

Los trabajadores y trabajadoras pueden solicitar excedencia para atender a hijos/as o menores acogidos, así como para el cuidado de otros familiares. Los tres primeros años de excedencia para el cuidado de un hijo/a o menor acogido se consideran periodo de cotización efectiva a efectos de las prestaciones de la Seguridad Social por jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, maternidad y paternidad. También se considera efectivamente cotizado, a efectos de esas prestaciones, el primer año de excedencia para el cuidado de otros familiares.

FUENTE

Constanza Sánchez

Constanza Sánchez

Soy periodista especializada en comunicación digital y producción de contenidos multimedia. Combino redacción, análisis de audiencias y SEO para crear historias claras y relevantes. Me enfoco en formatos innovadores, narrativas visuales y en desarrollar contenidos que conecten con comunidades diversas en entornos informativos dinámicos.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *